Cómo recuperar ganancias del aguinaldo: Cómo iniciar el trámite y quiénes pueden acceder a la devolución del aguinaldo

En el artículo de hoy le daremos información acerca del proceso para recuperar sus ganancias del aguinaldo, por ello le invitamos a continuar con la lectura.

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TABLA DE CONTENIDO

Cómo recuperar ganancias del aguinaldo

El trámite para recuperar el impuesto a las Ganancias del medio aguinaldo de junio no será automático, será un premio al buen contribuyente y permitirá la eximición del pago del impuesto a los Bienes Personales para los períodos 2016, 2017 y 2018 inclusive.

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos(AFIP), Alberto Abad, indicó la semana pasada que los empleados en relación de dependencia deberán pedir la devolución del monto a través del sitio web del organismo. Iniciado el trámite, el ente recaudador verificará que el contribuyente esté al día con sus impuestos y sus declaraciones juradas de 2014 y 2015.

¿Cuándo puedo iniciar el trámite?

Una vez que el Poder Ejecutivo promulgue la ley de Amnistía Fiscal, la AFIP instrumentará el procedimiento para recuperar el impuesto a las Ganancias del medio aguinaldo.

¿Qué debo hacer para que me devuelvan el dinero?

El contribuyente que pague Ganancias y no pague Bienes Personales deberá pedir la devolución de lo correspondiente al aguinaldo cobrado este mes en el SIRADIG de la web de la AFIP.

Es el micrositio en el cual el empleado informa al fisco todo lo relacionado con el Impuesto a las Ganancias.

Tiene tiempo para pedir el beneficio hasta la liquidación final del impuesto de este año (es decir, hasta el 31 de enero del año próximo).

Una vez que lo pida, la AFIP controlará que se trate de un “buen contribuyente”, tal como lo estableció la ley de blanqueo: el trabajador no deberá haber participado del blanqueo de 2013, ni haber ingresado al plan de facilidades de pago del fisco contemplado en el artículo 32 de la ley 11.683, ni deudas en condición de ser ejecutadas por el fisco.

Además, deberá haber cumplido con todas sus obligaciones informativas.

Los contribuyentes que ganan más de $200.000 brutos al año deben presentar una declaración jurada informativa del Impuesto a los Bienes Personales. El plazo para hacerlo venció el último día de junio.

Para poder cobrar el reintegro de Ganancias, el contribuyente tiene que haber presentado las dos últimas declaciones juradas de Bienes Personales, aunque no pague el impuesto por tener bienes inferiores a los $305.000 de valor fiscal.

Quiénes pueden acceder a la devolución del aguinaldo

Según establece la Ley 26.860, pueden solicitar el beneficio quienes no posean deudas en condición de ser ejecutadas por la AFIP, no hayan sido ejecutados fiscalmente ni condenados, sea con condena firme, por multas o por defraudación fiscal en los períodos fiscales 2015 y 2014.

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También quedan excluidas aquellas personas que en los últimos dos períodos fiscales hayan accedido a alguno de los blanqueos de capitales creados por el kirchnerismo, hayan aplicado a la amnistía fiscal actual o hayan entrado en alguno de los planes de pago particulares que otorga la AFIP.

Si cumple con esos requisitos, el contribuyente debe tener una clave fiscal con nivel de seguridad 3 para poder hacer el trámite, que se realiza únicamente a través de la web. En caso de no poseerla, el usuario deberá acercarse a la sucursal de la AFIP más cercana para solicitarla.

Ganancias: por aguinaldo sólo se podrían recuperar hasta $3.500 anuales

Para los autónomos la situación es más grave porque no cobran SAC y se les aplica un mínimo no imponible más bajo. De ahí que a igual ingreso que un trabajador en relación de dependencia, los autónomos pagan más Ganancias.3

La exención del Impuesto a las Ganancias del medio aguinaldo de diciembre, en el mejor de los casos, podría representar la devolución de $3.500 sobre el cálculo anual del impuesto sobre los ingresos de un trabajador soltero que gana más de $20.000 de sueldo neto.

En efecto, para un asalariado soltero con un sueldo en mano de $16.000, en lugar de descontarle $24.643 en el año por Ganancias, le retendrán $22.039. Esto representa un alivio de $2.480, pero que no evita que le descuenten por Ganancias el equivalente a más de un sueldo por año.

Con $18.000 de ingreso neto, el descuento de Ganancias bajaría de $30.515 a $27.495. Seguiría pagando el equivalente a un sueldo y medio por año. Son $3.020 menos. Ya con un sueldo neto apenas por encima de $20.000, Ganancias se lleva dos salarios por año.5

Para esos sueldos, Ganancias equivale a un descuento de entre el 10 y 17%, que se agrega a los descuentos destinados a jubilación y obra social.

Esto pasa porque dejar afuera el medio aguinaldo del cómputo del impuesto -y por única vez–no evita que los 12 sueldos, de enero a diciembre, más el medio aguinaldo de junio, hayan quedado y queden gravados por Ganancias.

A esto se suma que se aplica sobre un minino no imponible desactualizado y escalas congeladas a los niveles del 2000, cuando desde entonces la inflación superó el 1.000 por ciento.

Por esa razón en lugar calcular el impuesto con la primera alícuota del 9%, a la mayoría se le aplican las tasas más altas, del 27 a 35 por ciento.

Todo esto llenva a que cada $1.000 de ingresos adicionales, por ejemplo por realizar horas extras, que cobren los trabajadores alcanzados por Ganancias, $350 van directamente a la AFIP.

Esperamos que toda esta información le fuera de utilidad para poder recuperar algunas ganancias de su aguinaldo.


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