En el articulo de hoy estaremos aclarando una duda que poseen muchas personas, en este caso como se puede utilizar el ahorro de una persona que falleció, así que le invitamos a seguir leyendo.
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Anteriormente, realizar esta solicitud podía llevar años, entre 4 o 5 años para ser más realistas, se debía llevar a cabo una demanda laboral conocida como “Designación de Beneficiarios”
Y era la única manera de poder acceder a los ahorros o la subcuenta Infonavit del derechohabiente fallecido.
El nuevo proceso empleado por el Infonavit a optimizado los tiempos para realizar la solicitud del fondo de ahorro y obtener respuestas más rápido.
Si es usted un beneficiario único o múltiple de un derechohabiente fallecido, deberá ingresar a la cuenta Infonavit y solicitar la devolución de fondo de ahorro siguiendo las indicaciones.
Será necesario contar con un laudo o una resolución judicial que certifique el pago de estos ahorros.
Si es usted un beneficiario reconocido ante el IMSS, no requiere de la designación de beneficiario que emite la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
Deberá ingresar a la cuenta Infonavit y solicitar el ahorro de devolución de saldo de subcuenta de vivienda, siguiendo las indicaciones.
Pasos:
- Dirigirse a el sitio web www.infonavit.org.mx
- Dirigirse a la sección “Retiro de mi ahorro”.
- Seleccionar la opción “Solicitar Fondo de Ahorro”.
- Seleccionar la opción “Beneficiario”.
Se debe llenar el formulario correspondiente y acreditar que es usted un beneficiario. Si está de acuerdo con el monto que será devuelto, deberá agendar una cita en el CESI y presentar la documentación solicitada en original
Importante:
En caso de que el derechohabiente haya cotizado el ahorro entre el periodo de 1972 y 1992 y no fue retirado, el beneficiario podrá solicitar estos fondos en un plazo de hasta 5 años después del fallecimiento.
Si el derechohabiente fallecido contaba con un crédito de vivienda, el beneficiario podrá solicitar la cancelación y liberación del crédito y la hipoteca.
Beneficiarios designados.
Viuda o viudo.
Concubina o concubino.
Hijos con dependencia económica del trabajador fallecido.
Ascendientes que dependían o no económicamente del trabajador fallecido.
Designados por una autoridad judicial.
Cuáles son los requisitos
Que el asegurado fallecido tenga registradas un mínimo de doce semanas de cotización en los nueve meses anteriores al fallecimiento. Tratándose del fallecimiento de un asegurado por un riesgo de trabajo, no requiere semanas previas de cotización.
Que el asegurado se encuentre vigente en sus derechos al momento del fallecimiento.
Tratándose del fallecimiento de pensionado, deberá de haber estado vigente en sus derechos.
Los beneficiarios cuentan con el término de 1 año contado a partir de la fecha en que falleció el trabajador para solicitar dicho pago.
Antes que nada, es importante saber qué es el fondo de ahorro Infonavit.
“Es un ahorro que se construye con las aportaciones que tu patrón realiza al Infonavit cada bimestre, el ahorro corresponde al 5% del sueldo más prestaciones”
El fondo de ahorro Infonavit está constituido por las aportaciones o depósitos que realiza el patrón cada cierto periodo de tiempo. El fondo de ahorro de 1972-1992 a diferencia de la subcuenta de vivienda 1992 y 1997, no genera rendimientos y puede ser solicitado en estos casos:
Si cuenta con 50 años o más con un mínimo de un 1 año sin relación laboral.
Si cuenta con una resolución de pensión expedida por el IMSS.
Si el patrón ha otorgado un plan privado de pensión.
Si cuenta con una resolución a favor de la Comisión de Inconformidades del Infonavit.
Si cuenta con un laudo judicial a su favor.
Estas son las ocasiones más comunes para realizar el trámite de devolución del ahorro. Sin embargo, existe otro trámite para aquellos beneficiarios que deseen solicitar el fondo de ahorro Infonavit tras fallecimiento de algún familiar.
Por qué se inicia un juicio de designación de beneficiarios
El juicio de designación de beneficiarios se inicia cuando un trabajador ya sea activo o que haya dejo de laborar fallece, las causas de la muerte pueden ser por:
Accidente de trabajo;
Por Enfermedad General.
Esperamos que esta informacion haya sido de gran utilidad para aclarar todas sus dudas y que asi sepa como proceder en este caso.